martes, 20 de noviembre de 2018

5. IMPORTANCIA DE LA SUBJETIVIDAD EN LA CONSTITUCIÓN DEL SUJETO ÉTICO

Las acciones propiamente éticas, entendida la acción humana como principio y como voluntad, no se dan en el vacío. El yo no puede llegar a ser plenamente unj o ético, es decir, un ser que pueda alcanzar su autotrascendencia, si es concebido al margen de la comunidad d ejo es con los que convive cotidianamente, y constituyen por ello mismo, la condición de posibilidad de su confirmación y reconocimiento como tal yo.

Sin embargo, un nuevo principio que agrega a los anteriormente citados es la intersubjetividad.96 Bajo esta conceptuaüzación, el sujeto ético para ser un verdadero yo, requiere de otros yoes, necesita ser confirmado y reconocido por una comunidad que lo trascienda, y que al mismo tiempo, le permita desarrollar su propio querer como proceso de autoapropiación personal. Al respecto, el autor se interroga: ¿Qué es lo que quiero?  Llegar a ser plenamente yo, es decir, ser no-cosa, mantenerme en una totalidad abierta en la que pueda confirmarme como autodeterminación, o sea, como creación y libertad. ¿Qué debo hacer para conseguirlo? Ser reconocido —identificado— por otro objeto infinito —por otro sujeto— al que a mi vez haya reconocido como tal. ¿Cómo puedo lograrlo? Instituyendo una comunidad de sujetos de la que ningún objeto infinito quede por principio excluido, en la que se pacten relaciones de auténtica y explícita reciprocidad y donde a nadie le sea menoscabada ni vedada la realidad de lo posible. El proceso consiste en asumirse como un sujeto capaz de ser libre y, por ello, no cosificable; en segundo lugar, se hace necesario entrar en el juego del Ínter-reconocimiento establecido entre el propio yo y los otros yoes como sujetos de libertad, y tercero, para lograr todo ello, se requiere instituir una comunidad de sujetos donde todos sean vistos como fines en sí mismos, y como entes capaces de desarrollar sus propias potencialidades (realidad de lo posible).  En este proceso de constitución intersubjetiva del yo ético, se requiere instaurar una comunidad social en la que las voluntades mutuas de reconocimiento y de interdependencia humanas hayan encontrado su adecuada institucionalización, y donde la condición ética atribuible a todo ser humano, no le sea vedada a nadie  





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